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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
90Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2022, acordó aprobar inicialmente la modificación presupuestaria, mediante la modalidad de suplemento de crédito que se detalla a continuación y por los importes que se indican.
El detalle de la modificación presupuestaria propuesta se adjunta como anexo.
ANEXO
A la vista del informe elaborado por los servicios técnicos municipales de modificación del informe previamente emitido con ocasión del expediente de modificación presupuestaria financiada con remanente de tesorería para gastos generales en el que se pone de manifiesto errores en el importe definitivo del proyecto de suministro de talanqueras para las fiestas patronales.
Suponiendo este proyecto de gasto que tiene carácter específico y determinado un importe de 107.690 euros y no 88.000 euros como en principio se indicaba en el informe incorporado al expediente 967/2022, se hace necesario que por el Pleno Municipal se apruebe un suplemento de crédito por importe de 19.690 euros resultando esta inversión necesaria y una actuación que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente dados los inconvenientes que año a año se observan por no disponer el Ayuntamiento de esta inversión.
Por concluir, esta inversión tiene un carácter específico y determinado, es absolutamente urgente e inaplazable para el correcto y seguro desarrollo de los encierros enmarcados en las Fiestas Patronales de este año y siguientes.
Por todo lo anteriormente expuesto, y a la vista del informe técnico incluido en el expediente para la adquisición de talanqueras se propone al Pleno Municipal:
Primero..Aprobar inicialmente la modificación presupuestaria en la modalidad de suplemento de crédito cuyo detalle es el siguiente:

Este suplemento de Crédito se financia con remanente de tesorería para gastos generales. 

Segundo..Resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 169,170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, exponer al público el presente expediente, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones, comenzando el cómputo del plazo de exposición al día siguiente de su publicación en el citado Boletín, surtiendo efecto definitivo en el supuesto de que no se produzcan reclamaciones.
Morata de Tajuña, a 2 de junio de 2022..El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.
(03/11.511/22)</texto>
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