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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.096 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

213 

Demanda 1.096 de 2011 
    Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.096 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Castro Calle, contra la empresa “Recursos Energéticos de Gas y Electricidad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 12 de septiembre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando la demanda de don Alberto Castro Calle, condeno a “Recursos Energéticos de Gas y Electricidad, Sociedad Limitada”, a que le abone la cantidad de 2.010,01 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos, más el 10 por 100 de intereses, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
    Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos originales para cu cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recursos Energéticos de Gas y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 13 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/31.657/12)</texto>
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