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    <fecha_publicacion>2012/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 203 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>254</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

206 

Ejecución 203 de 2012 
    Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 203 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Cardenal Martínez, contra la empresa “Servicios Auxiliares Numéricos Sansa 98, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 19 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 21 de mayo de 2012 a favor de la parte ejecutante don Jorge Cardenal Martínez, frente a “Servicios Auxiliares Numéricos Sansa 98, Sociedad Limitada”, por un principal de 33.992,45 euros, más 6.700 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.
    Contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social), siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar previamente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2708/0000/30/0203/12, en la calle Princesa, número 3, de Madrid, indicando el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.
    Se advierte a las partes que conforme al artículo 245.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Auxiliares Numéricos Sansa 98, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 19 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/31.877/12)</texto>
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