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    <titulo>Aranjuez número 3. Procedimiento ordinario 464 de 2008</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARANJUEZ NÚMERO 3
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 464 de 2008 
    Doña Isabel María Sánchez Martín, secretaria del Juzgado de primera instancia número 3 de Aranjuez.
    Doy fe: De que en el presente procedimiento se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
    Sentencia
    En Aranjuez, a 18 de noviembre de 2011.
    Vistos por mí, doña Cristina García González, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Aranjuez, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 464 de 2008, en los que han sido parte: como demandante, “BBVA, Sociedad Anónima”, con la procuradora de los Tribunales doña Montserrat Ruiz Jiménez y con el abogado don Diego Cobo Serrano; como demandados, “Hierros Aranjuez, Sociedad Limitada”, don Evaristo Pérez Hernández y don Bernardo Carretero Soler, en situación de rebeldía procesal.
    Se dicta la presente resolución en base a los siguientes,
    Fallo
    Estimar íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra “Hierros Aranjuez, Sociedad Limitada”, don Evaristo Pérez Hernández y don Bernardo Carretero Soler, condenando a los demandados a que abonen solidariamente a la actora el importe de 156.663,12 euros, con los intereses legales correspondientes y los moratorios pactados, y con imposición de costas a los demandados.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, enterándoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en los cinco días a partir del siguiente a su notificación, previo depósito de 50 euros en la cuenta del Juzgado.
    Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.
    Así, por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Concuerda con su original y para que conste y remitir al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Aranjuez, a 16 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/7.876/12)</texto>
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