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    <titulo>– Galapagar. Régimen económico. Varias ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Varias ordenanzas fiscales 
    El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 28 de septiembre de 2012, adoptó acuerdos con carácter provisional, de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
    .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de servicios prestados en las Áreas de Cultura, Deportes y Educación.
    .	Ordenanza fiscal reguladora de los derechos y tasas por la prestación de servicios en el cementerio municipal.
    .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de los servicios de piscina cubierta.
    De conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de treinta días hábiles en la Tesorería Municipal (plaza de la Constitución, número 3, Centro Cívico, de nueve a catorce horas). Durante eses plazo, los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento.
    De no presentarse reclamaciones dentro del plazo establecido, se entenderán aprobadas definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo.
    En Galapagar, a 1 de octubre de 2012..El alcalde, por delegación (decreto 3101/2011, de 30 de diciembre), el primer teniente de alcalde, delegado de Economía y Hacienda, Fernando Arias Moral.
    (03/32.954/12)</texto>
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