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    <fecha_publicacion>2012/10/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 709 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

98 

Demanda 709 de 2012 
    Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 709 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dan Manea, contra la empresa “Recogida Especial Directa Express, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando la demanda de cantidad interpuesta por don Dan Manea, frente a la empresa “Recogida Especial Directa Express, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 10.196,52 euros brutos.
    Y estimando la demanda de extinción interpuesta por la parte actora debo declarar y declaro extinguido el contrato de trabajo celebrado entre las partes en la fecha de la presente resolución y en consecuencia condeno a la empresa demandada a que indemnice a la parte actora la siguiente cantidad en concepto de indemnización 3.943,56 euros.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recogida Especial Directa Express, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 12 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/30.885/12)</texto>
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