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    <fecha_publicacion>2012/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal exacción tasa prestación servicio Escuelas Infantiles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal exacción tasa prestación servicio Escuelas Infantiles 
    El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 18 de septiembre de 2012, acordó aprobar definitivamente la derogación de la ordenanza fiscal para la exacción de la tasa por la prestación del servicio de las Escuelas Infantiles (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 15, de 19 de enero de 2009), lo que se hace público, según establece el artículo 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
    Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
    Paracuellos de Jarama, a 3 de octubre de 2012..El alcalde (firmado).
    (03/32.720/12)</texto>
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