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    <titulo>– Venturada. Organización y funcionamiento. Reglamento Junta Local de Seguridad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VENTURADA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Reglamento Junta Local de Seguridad 
    El Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de septiembre de 2012, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación del Reglamento de Funcionamiento de la Junta Local de Seguridad, el cual ha sido aprobado con carácter provisional que se elevará automáticamente a definitivo si no se presentaran reclamaciones.
    De conformidad con lo prevenido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el referido expediente queda expuesto en la Secretaría Municipal por plazo de treinta días durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
    Venturada, a 10 de septiembre de 2012..El alcalde, Daniel Caparrós López.
    (03/31.204/12)</texto>
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