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    <fecha_publicacion>2012/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Juicio 824 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
    EDICTO
    CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
 

221 

Juicio 824 de 2012 
    Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
    Asunto en que se acuerda: juicio número 824 de 2012, promovido por don Jacinto Molina Ponce, sobre despido.
    Persona que se cita: “Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
    Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por el demandante sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.
    Lugar y fecha en la que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, el día 22 de octubre de 2012, a las diez y cuarenta horas.
    Advertencias legales
    1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    2.  Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    3.  Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    4.  Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.
    La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
    En Madrid, a 14 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/31.004/12)</texto>
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