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    <fecha_publicacion>2012/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 67. Procedimiento ordinario 830 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67
    EDICTO
 

86 

Procedimiento ordinario 830 de 2011 
    Sentencia número 26 de 2012
    En Madrid, a 9 de febrero de 2012..Vistos por don Ángel L. Ramos Muñoz, magistrado-juez sustituto de primera instancia número 67 de esta villa, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 830 de 2011 a instancias de don Benito Sáenz Tejada, representado por el procurador señor Domínguez López, y asistido del letrado don Jesús Arangoncillo, contra “Enerthik, Sociedad Anónima” y “Geo Solar, Sociedad Limitada”, se ha dictado la presente en base a los siguientes:
    Fallo
    Que estimando la demanda presentada por don Benito Sáenz Tejada, contra “Enerthik, Sociedad Anónima” y “Geo Solar, Sociedad Limitada”, todos ellos con la representación y asistencia ya citadas:
    1.o  Debo condenar y condeno a las demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad de 43.935,60 euros.
    2.o  Debo condenar y condeno a las demandadas a que abonen al demandante los intereses de la anterior cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.
    3.o  Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento a las demandadas.
    Notifíquese a las partes esta resolución advirtiendo de que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma, así como que para la admisión a trámite del recurso deberá la parte acompañar el resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del recurso.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    Leída y publicada fue la anterior sentencia por su señoría estando celebrado audiencia pública en el día de la fecha de lo que doy fe.
    En Madrid, a 3 de septiembre de 2012..El secretario (firmado).
    (02/7.139/12)</texto>
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