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    <fecha_publicacion>2012/10/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 150 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

124 

Ejecución 150 de 2011 
    Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 150 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Avelina Slavova Dimitrova, contra la empresa “Recaid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 30 de agosto de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Recaid, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 6.217,85 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
    Expídase testimonio de la sentencia, del auto despachando orden general de ejecución, del decreto de embargo y de la presente resolución, así como copia sellada de la demanda, que se entregarán a la parte ejecutante para su presentación al Fondo de Garantía Salarial una vez firme este decreto.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación, haciéndose saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicando el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2708/0000/30/0150/11, entidad número 0030, agencia 1033, sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiendo acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recaid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 30 de agosto de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.351/12)</texto>
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