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    <identificador>BOCM-20120926-87</identificador>
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    <fecha_publicacion>2012/09/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 88. Procedimiento ordinario 825 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88
    EDICTO
 

87 

Procedimiento ordinario 825 de 2011 
    En el presente procedimiento de juicio ordinario número 825 de 2011, seguido a instancias de “Caterpillar Financial Renting, Sociedad Anónima”, frente a “Impersport del Principado, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
    Sentencia número 115 de 2012
    En Madrid, a 9 de mayo de 2012..Vistos por doña Esther Lobo Domínguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 825 de 2011, promovidos por la procuradora doña Sara Díaz Pardeiro, en nombre y representación de “Caterpillar Financial Renting, Sociedad Anónima”, bajo la dirección letrada de don Jacobo Halffter Gallego, contra “Impersport del Principado, Sociedad Limitada”, sin representación procesal, se ha procedido a dictar la presente resolución en base a los siguientes:
    Fallo
    Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Sara Díaz Pardeiro en la indicada representación de “Caterpillar Financial Renting, Sociedad Anónima”, contra la sociedad “Impersport del Principado, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes el 24 de octubre de 2007, número 583-0000611, de un compactador marca “Bitelli”, modelo BB730, número de serie CATBB730CB2K00278 y el contrato suscrito entre las partes el 19 de febrero de 2008 número 583-0000648 de un compactador nuevo marca “Canterpillar” modelo CB224E y número de serie CATCB224E22402587. Debo condenar y condeno a la sociedad “Impersport del Principado, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora la cantidad de 56.776,37 euros, más 27.669,07 euros hasta la fecha de la sentencia, más la suma de 1.651,59 euros y 476,80 euros por cada mes que transcurra desde esta fecha hasta la entrega de la maquinaria, y al pago de las costas causadas.
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoseles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial, conforme a los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Ley 37/2011, y que, conforme estable la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá acompañarse de resguardo de ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado en el “Banco Español de Crédito”, en la cuenta 4140, y número y año del expediente en que se dictó la resolución, la suma de 50 euros, sin cuyo requisito no podrá ser tenido por interpuesto, salvo que el recurrente fuera una entidad pública.
    Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y encontrándose dicha demandada “Impersport del Principado, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
    Madrid, a 3 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (02/7.162/12)</texto>
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