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    <titulo>– Villamanta. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal 
    En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestos al público el acuerdo provisional de la nueva ordenación y aprobación provisional de la modificación puntual de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, que fue adoptado por la Corporación en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de julio de 2012.
    Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra el acuerdo de aprobación provisional de la modificación puntual de la ordenanza indicada, con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
    1.  Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    2.  Oficina de presentación: Ayuntamiento.
    3.  Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
    En Villamanta, a 5 de septiembre de 2012..El alcalde-presidente, Pedro Luis Dorado del Álamo.
    (03/29.883/12)</texto>
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