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    <fecha_publicacion>2012/09/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Demanda 308 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

118 

Demanda 308 de 2012 
    Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 308 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Sánchez Cubas, contra la empresa “Noyarma 2000, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 201 de 2012
    En Madrid, a 14 de junio de 2012..Don José Manuel Yuste Moreno, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 41 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de cantidad, seguidos a instancias de don Rafael Sánchez Cubas, con número de identidad fiscal 5369271-J, asistido de la letrada doña Nuria Benito Gutiérrez, contra la entidad “Noyarma 2000, Sociedad Anónima”, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.
    Fallo
    Que estimando como estimo la demanda formulada por don Rafael Sánchez Cubas, contra la empresa “Noyarma 2000, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a que abone a aquel la cantidad de 973,92 euros con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a las partes de que esta sentencia es firme y contra ella no puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.
    Publicación
    Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a citación a “Noyarma 2000, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 5 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.389/12)</texto>
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