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    <fecha_publicacion>2012/09/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Otros anuncios. Baja padrón habitantes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>213</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
    OTROS ANUNCIOS
 

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Baja padrón habitantes 
    Habiéndose intentado practicar, si resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 4 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, lo siguiente:
    “En uso de las facultades conferidas a esta Alcaldía por la normativa vigente resuelvo: proceder a dar de baja por caducidad en el padrón municipal de habitantes a las personas que a continuación se relacionan, dando por finalizados los expedientes tramitados al efecto, al no haber procedido a la renovación de la inscripción padronal a tenor de lo establecido en la modificación del artículo 16 de la Ley 7/1985.
    .	Don Mohamed Rmali.
    .	Don Jesulín Diosdado Rodríguez Bilogo.
    .	Don Blanca Soledad Tamayo Rivadeneira.
    .	Don Justin Bryan Moreno Tamayo.
    .	Don Ayad el Bouzdoudi.
    .	Don Zhiquiang Guo.
    .	Doña Silvia Patricia Guerrero Zurita.
    .	Don Filiberto Francisco Terros Coello.
    .	Don Vasile Pahomie.
    .	Doña Anelyz Mariana Escobar Quiceno.
    .	Doña Hilda Evis Quiceno García.
    .	Don Douglas Varela Triana.
    Lo que se comunica a los efectos oportunos, significando que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de la presente, o en su caso, recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que deba entenderse presuntamente desestimado, o la publicación de la presente.
    Paracuellos de Jarama, a 10 de agosto de 2012..El concejal-delegado de Organización y Recursos Humanos.
    (02/6.801/12)</texto>
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