<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120906-41</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GUADALIX DE LA SIERRA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/09/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza municipal fiscal escuelas deportivas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>213</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-09-06-213050920120016</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/06/BOCM-20120906-41.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/06/BOCM-20120906-41.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/06/BOCM-20120906-41.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADALIX DE LA SIERRA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE GUADALIX DE LA SIERRA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

41 

Ordenanza municipal fiscal escuelas deportivas 
    El Pleno del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de agosto de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal fiscal reguladora del servicio de escuelas deportivas municipales y alquiler de pistas en instalaciones deportivas, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas en el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Guadalix de la Sierra, a 4 de septiembre de 2012..El alcalde, Ángel Luis García Yuste.
    (03/29.153/12)</texto>
</documento>