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    <titulo>– Majadahonda. Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad y estacionamiento</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza movilidad y estacionamiento 
    El Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Majadahonda, en sesión celebrada el 25 de julio de 2012, aprobó, entre otros, el siguiente acuerdo:
    Primero..Aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de movilidad y estacionamiento en este municipio.
    Segundo..Someter dicha ordenanza a información pública para la presentación de las reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, entender definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso por el Pleno de la Corporación.
    Se pone en general conocimiento que la ordenanza inicialmente aprobada se encuentra expuesta al público en el Servicio de Movilidad de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, de este Ayuntamiento, plaza Mayor, número 3, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, durante el plazo de treinta días, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Durante dicho plazo podrá examinarse el expediente en horario de oficina (de nueve a trece, de lunes a viernes) y presentar las reclamaciones y sugerencias que se estimen convenientes.
    Majadahonda, a 13 de agosto de 2012..El alcalde en funciones, José Antonio Carnevali Ramírez.
    (03/28.609/12)</texto>
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