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    <titulo>Madrid número 75. Divorcio contencioso 950 de 2010</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75
    EDICTO
 

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Divorcio contencioso 950 de 2010 
    Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso tramitado ante este Juzgado bajo el número de autos 950 de 2010, a instancias de don Jorge Eduardo Géiser Inostroza, representado por la procuradora de los tribunales doña María Loreto Outeriño Lago, contra doña Susana Elisabeth Neira Fonseca, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 7 de septiembre de 2011, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
    Estimando la demanda formulada don Jorge Eduardo Géiser Inostroza, representado por la procurada de los tribunales doña Loreto Outeriño Lago, contra doña Susana Elisabeth Neira Fonseca, declarada en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los litigantes, con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento.
    Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento respecto de las costas causadas.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/ 0000/02/0950/10 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.
    Firme que sea la presente resolución, por la secretaria judicial se acordará su anotación en el Registro Civil correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo cual se expedirá el oportuno testimonio.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde y en paradero desconocido doña Susana Elisabeth Neira Fonseca, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 18 de octubre de 2011..La secretaria (firmado).
    (02/6.499/12)</texto>
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