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    <titulo>Madrid número 9. Demanda 94 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

102 

Demanda 94 de 2012 
    Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 94 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Guijarro Sarcos, contra la empresa “Masterpán, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 3 de julio de 2012, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 337 de 2012
    En Madrid, a 3 de julio de 2012..Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre don Juan Antonio Guijarro Sarcos, como demandante, y “Masterpán, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, como demandados, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
    Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Anonio Guijarro Sarcos, contra la empresa “Masterpán, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Juan Antonio Guijarro Sarcos acordado con efectos del día 7 de diciembre de 2011, condenando a la demandada “Masterpán, Sociedad Limitada”, a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión del trabajador o la extinción del contrato de trabajo, abonando en este supuesto una indemnización de 15.347,25 euros, y, en todo caso, a abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido (7 de diciembre de 2011) hasta la fecha de notificación de la presente sentencia a razón de 53,85 euros diarios. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Masterpán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
    En Madrid, a 10 de julio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/26.064/12)</texto>
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