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    <titulo>Jaén número 1. Procedimiento 175 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1
    EDICTO
 

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Procedimiento 175 de 2011 
    Doña María Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.
    En los autos número 175 de 2011, a instancias de don José Corral Marín, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fraternidad Muprespa” y “Empresa Nacional Adaro de Investigaciones Mineras, Sociedad Anónima”, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 182 de 2012
    En Jaén, a 24 de abril de 2012..En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Francisca Martínez Molina, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén, vistos los autos seguidos a instancias de don José Corral Marín, por el letrado don Francisco Molina Carmona, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el letrado don José Calero Marchal; “Mutua Fraternidad Muprespa”, representada por el letrado don Manuel Carcelén Barba, y “Empresa Nacional Adaro de Investigaciones Mineras, Sociedad Anónima”, que no comparece, a pesar de estar citada en legal forma; autos con el número 175 de 2011.
    Fallo
    Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda sobre revisión del grado de invalidez formulada por don José Corral Marín y, por consiguiente, debo absolver y absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fraternidad Muprespa” y “Empresa Nacional Adaro de Investigaciones Mineras, Sociedad Anónima”, de las pretensiones efectuadas en su contra.
    Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 1 de Jaén, en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Empresa Nacional Adaro de Investigaciones Mineras, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.
    Dado en Jaén, a 29 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/25.271/12)</texto>
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