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    <fecha_publicacion>2012/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 851 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

185 

Demanda 851 de 2011 
    Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 851 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Martín Dorado Béjar, contra don David Caballero Martínez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 300 de 2012
    En Madrid, a 3 de julio de 2012..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 851 de 2011, sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Tomás Martín Dorado Béjar, asistido de la letrada doña María Blanca Hernández Valdés, y de otra, como demandado, que no comparece, don David Caballero Martínez, habiendo sido llamado a juicio el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
    Fallo
    Que estimando la demanda promovida por don Tomás Martín Dorado Béjar, frente a don David Caballero Martínez, en reclamación de cantidad, condeno a la persona demandada a que abone al demandante la cantidad de 623 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el día 24 de junio de 2011 hasta la fecha.
    Notifíquese a las partes, advirtiendo a las mismas que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno por razón de su cuantía y una vez notificada, procédase al archivo de estas actuaciones.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a don David Caballero Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 4 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/25.236/12)</texto>
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