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    <fecha_publicacion>2012/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 151 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

181 

Demanda 151 de 2008 
    Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento número 151 de 2008, seguido a instancias de don Khammar Cherroud, contra las empresas “Fercádiz, Sociedad Limitada”, “Armacentro, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Se declara la nulidad de actuaciones de las presentes actuaciones, retrotrayéndose las presentes actuaciones al momento anterior a la celebración del juicio, ante lo cual pasase las actuaciones al secretario judicial para que procede a fijar fecha de señalamiento en resolución aparte.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fercádiz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 26 de junio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/25.301/12)</texto>
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