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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 497 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

32 

Demanda 497 de 2012 
    Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 497 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rafaela Méndez León, contra la empresa “Tatu Café, Sociedad Limitada”, ministerio fiscal y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia número 351 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Estimando en parte la demanda presentada por doña Rafaela Méndez León, frente a “Tatu Café, Sociedad Limitada”, declaro nulo el despido de doña Rafaela Méndez León y declaro extinguida la relación laboral, condenando a la empresa “Tatu Café, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora como indemnización 6.073,35 euros y como salarios de tramitación desde el día de despido a la fecha de esta resolución 3.350,93 euros.
    Y condeno a “Tatu Café, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Rafaela Méndez León respecto a la reclamación de cantidad, que se estima en parte, 121,54 euros.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1033, DC 40, indicando número de procedimiento para su localización.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tatu Café, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 29 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/24.707/12)</texto>
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