<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120803-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MEJORADA DEL CAMPO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mejorada del Campo. Personal. Modificación plantilla personal laboral</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>184</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-08-03-184310720120064</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/03/BOCM-20120803-79.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/03/BOCM-20120803-79.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/03/BOCM-20120803-79.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
    PERSONAL
 

79 

Modificación plantilla personal laboral 
    De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 127 del texto refundido del Régimen Local, de 18 de abril de 1986, y habida cuenta de que la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2012, adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de la plantilla del personal laboral de esta entidad, que se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo.
    Aprobar la modificación de la plantilla de personal laboral que en el presupuesto de 2012 se contemplan, las cuales son las siguientes:
           
        Según lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Mejorada del Campo, a 12 de junio de 2012..La concejala de Hacienda, Personal, Empleo y Desarrollo Local, María Carmen Martos Fernández.
    (03/25.965/12)</texto>
</documento>