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    <titulo>Parla número 1. Juicio de faltas 103 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 103 de 2012 
    Don David López Ribagorda, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Parla.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 103 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    En Parla, a 8 de marzo de 2012..Vistos por la ilustrísima señora doña Carmen María Zamarra Álvarez, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 1 de Parla, los presentes autos de juicio de faltas inmediato, registrados con el número indicado anteriormente, y en el que han sido partes: el ministerio fiscal, en ejercicio de la acción pública; don Jesús Cuenca Martín, como denunciante, y doña Mihaela Vlad y doña Nicoleta Viorica Lalu, como denunciadas, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a doña Mihaela Vlad y doña Nicoleta Viorica Lalu, como coautoras responsables de una falta de hurto, prevista y penada por el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena, a cada una de ellas, de treinta días de multa, con una cuota diaria de 3 euros por día de sanción, condenándoles también al pago de las costas procesales.
    Adviértase a las condenadas de que de no satisfacer la multa voluntariamente o por vía de apremio, quedarán sujetas a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrán cumplirse en régimen de localización permanente.
    Notifíquese la presente sentencia a las partes personadas y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación a interponer ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación (artículos 217 y 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Lo preinserto concuerda bien y fielmente de su original al que, en todo caso, me remito, y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Mihaela Vlad y doña Nicoleta Viorica Lalu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 26 de junio de 2012..El secretario (firmado).
    (03/23.836/12)</texto>
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