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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 456 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

158 

Demanda 456 de 2012 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 456 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Reyes Jódar, contra doña Jaime Clapes Vich, doña María Sonia González Sierra, “J &amp; A Prodspain del Henares, Sociedad Limitada”, y “Amaval Complutense, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Decreto
    Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 24 de abril de 2012.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    1.  Admitir a trámite la demanda presentada por don Carlos Reyes Jódar, frente a doña Jaime Clapes Vich, doña María Sonia González Sierra, “J &amp; A Prodspain del Henares, Sociedad Limitada”, y “Amaval Complutense, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.
    2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 2 de septiembre de 2013, a las nueve y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    3.  Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles desglose la cantidad que solicita en concepto de liquidación y gastos pendientes, días en que se devengaron las dietas y kilómetros, especificando de qué trayecto y lugar de prestación de servicios. Asimismo, debe especificar y detallar el motivo de demandar al resto de los demandados, aclarando el hecho séptimo de la demanda, de no manifestar nada, solo se citará a la empresa “J &amp; A Prodspain del Henares, Sociedad Limitada”.
    La parte actora asistirá al señalamiento acompañada de graduado social que le representa.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María Sonia González Sierra, “J &amp; A Prodspain del Henares, Sociedad Limitada”, y “Amaval Complutense, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 11 de junio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/25.197/12)</texto>
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