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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación créditos 
    A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al que se remite el artículo 177.2 de la misma Ley, y artículo 20.1 al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la intervención de esta Entidad Local se halla expuesto al público el expediente de modificación de créditos, modalidad crédito extraordinario/suplemento de crédito número 1/2012, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 25 de julio de 2012.
    Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto 2/2004, citado a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
    a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    b)	Oficina de presentación: Registro General.
    c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
    En Villanueva del Pardillo, a 26 de julio de 2012..El presidente, Juan González Miramón.
    (03/26.707/12)</texto>
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