<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120727-120</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAMANRIQUE DE TAJO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villamanrique de Tajo. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>178</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-07-27-178240720120140</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/27/BOCM-20120727-120.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/27/BOCM-20120727-120.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/27/BOCM-20120727-120.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE TAJO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

120 

Modificación ordenanza fiscal 
    El Pleno del Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de julio de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basuras, con la redacción que a continuación se recoge:
    El artículo 7 quedará redactado del siguiente tenor:
    «Las cuotas a aplicar serán las siguientes:
    .	Por cada vivienda: 38 euros.
    .	Por cada establecimiento industrial o comercial radicado dentro del casco urbano: 50 euros.
    .	Bares o cafeterías dentro del casco urbano: 72 euros.
    .	Por la recogida en la finca “Castillo de Tajo”: 650 euros.»
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Villamanrique de Tajo, a 10 de julio de 2012..El alcalde, Marino García Haering.
    (03/25.169/12)</texto>
</documento>