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    <fecha_publicacion>2012/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento ordinario 355 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

103 

Procedimiento ordinario 355 de 2011 
    En el procedimiento ordinario número 355 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 132 de 2012
    En la villa de Madrid, a 28 de junio de 2012..En nombre de Su Majestad el Rey, la señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 355 de 2011, por demanda interpuesta por el procurador don Jorge Delito García, en representación de “Business Travel Center Europe 2003, Sociedad Limitada”, defendida por la letrada señora Rosell Castillo, contra “Delfos Global, Sociedad Limitada”, en rebeldía en los presentes autos,
    Fallo
    Se estima la demanda formulada por el procurador don Jorge Delito García, en representación de“Business Travel Center Europe 2003, Sociedad Limitada”, defendida por la letrada señora Rosell Castillo, contra “Delfos Global, Sociedad Limitada”, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la demandada al pago de la cantidad de 9.895,20 euros, al pago de los intereses legales desde la interpelación judicial y de las costas causadas.
    Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde su notificación.
    Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si al tiempo de su interposición no se acredita haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 50 euros.
    Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Diligencia..En la misma fecha, yo, la secretaria judicial, doy fe de su publicación.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica sentencia a “Delfos Global, Sociedad Anónima”, bajo apercibimientos legales a que hubiera lugar en Derecho.
    En Madrid, a 28 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (02/5.742/12)</texto>
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