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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 508 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

123 

Demanda 508 de 2011 
    Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 508 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Amparo García López, contra “Belinsoal, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando la demanda interpuesta por doña Amparo García López, resultan adecuados los siguientes pronunciamientos: Debo condenar y condeno a “Belinsoal, Sociedad Limitada”, a pagar a doña Amparo García López 970,37 euros, más el 10 por 100 de intereses de demora.
    Todo ello con la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella no cabe recurso alguno.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Belinsoal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 18 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/23.220/12)</texto>
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