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    <titulo>– Getafe. Régimen económico. Padrón tasa utilización vía pública</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GETAFE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE GETAFE
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

70 

Padrón tasa utilización vía pública 
    Por resoluciones del concejal-delegado de Hacienda, Comercio, Industria y Hostelería han sido aprobados:
    .	El padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con instalación de ascensores, cajeros automáticos y quioscos correspondiente al ejercicio 2012; Resolución de 9 de julio de 2012.
    .	El padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con reserva para entrada de vehículos en edificios y solares correspondiente al ejercicio 2012; Resolución de 10 de julio de 2012.
    .	El padrón del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2012; Resolución de 11 de julio de 2012.
    .	El padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio 2012; Resolución de 13 de julio de 2012.
    Que estarán todos los padrones expuestos al público para conocimiento de los interesados en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, durante quince días hábiles siguientes al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio.
    El período de ingreso voluntario es del 17 de septiembre al 19 de noviembre de 2012, y el pago de los recibos se podrá realizar en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras presentes en Getafe, en horario habitual de apertura de cada oficina (sin restricciones de horario), presentando para ello, a efecto de validación, la documentación enviada al domicilio del contribuyente:
    “BBVA”, “Banco Santander”, “Kutxabank, Sociedad Anónima”, “Caixabank, Sociedad Anónima”, “Ibercaja Banco”, “Banco Pastor”, “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, “Catalunya Banc”, “Bankia”, “Banco CEISS” (antes “Caja España, Salamanca y Soria”), “Db-SAE” (Deutsche Bank”), “Barclays Bank, Sociedad Anónima”.
    El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de los posibles recargos, de los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.
    El recargo será del 5 por 100 cuando la deuda tributaria no ingresada se satisfaga en su totalidad antes de serle notificada la providencia de apremio, pudiendo pagarse con el mismo documento enviado en el período indicado en la casilla “Período ejecutivo de pago”, en cualquier oficina de “Bankia”.
    Podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el concejal-delegado de Hacienda, Comercio, Industria y Hostelería, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes.
    El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.
    Getafe, a 16 de julio de 2012..La técnica de Servicios Fiscales (instrucción 2/2011, de 30 de noviembre, del concejal de Hacienda, Patrimonio, Comercio, Industria y Hostelería), Isabel Jiménez Alonso.
    (02/6.123/12)</texto>
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