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    <fecha_publicacion>2012/07/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Brea de Tajo. Régimen económico. Creación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Brea del Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Creación ordenanza fiscal 
    El Pleno Municipal, en sesión de 26 de junio de 2012, acordó por mayoría absoluta crear la siguiente ordenanza fiscal:
    Creación de ficheros de carácter personal.
    Videovigilancia en la sede municipal y el almacén municipal.
    En la Secretaría Municipal se halla expuesto al público el acuerdo provisional de modificación de las ordenanzas indicadas anteriormente, que tendrá carácter definitivo transcurrido el plazo sin haberse presentado reclamación alguna.
    Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 151.1 de la Ley 39/1988, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 151, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
    a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    b)	Oficina de presentación: Registro Central.
    c)	Órgano ante el que se reclama: el Pleno del Ayuntamiento.
    Brea de Tajo, a 27 de junio de 2012..El alcalde, Rafael Barcala Gómez.
    (03/24.464/12)</texto>
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