<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120720-5</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2012/07/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Plan especial infraestructuras
– Resolución de 12 de julio de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial para el Doblado de la Impulsión de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Pedrezuela, en los términos municipales de Pedrezuela y El Molar, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 84/12)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>1</pagina_final>
    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-07-20-172190720120023</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/20/BOCM-20120720-5.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/20/BOCM-20120720-5.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/20/BOCM-20120720-5.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO           
 

5 

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial para el Doblado de la Impulsión de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Pedrezuela, en los términos municipales de Pedrezuela y El Molar, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 84/12). 
    La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 28 de junio de 2012, examinó el expediente relativo al Plan Especial para el Doblado de la Impulsión de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Pedrezuela, en los términos municipales de Pedrezuela y El Molar, promovido por el Canal de Isabel II.
    En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 14 de junio 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo que a continuación se hace público mediante la presente Resolución, una vez cumplimentado, con fecha 12 de julio de 2012, el trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de la Comisión de Urbanismo:
    “Primero
    Aprobar inicialmente el Plan Especial para el Doblado de la Impulsión de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales de Pedrezuela, en los términos municipales de Pedrezuela y El Molar, promovido por el Canal de Isabel II.
    Segundo
    Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.
    Tercero
    Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:
    .	Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios y Subdirección General de Conservación del Medio Natural). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
    .	Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
    .	Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.
    .	Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
    .	Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.
    .	Demarcación de Madrid de la Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento.
    .	Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
    Cuarto
    Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Pedrezuela y El Molar, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes”.
    Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.
    Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.
    Madrid, a 12 de julio de 2012..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
    (01/2.417/12)</texto>
</documento>