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    <titulo>– Robregordo. Régimen económico. Ordenanza fiscal servicio autotaxi</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBREGORDO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE ROBREGORDO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal servicio autotaxi 
    El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del servicio de autotaxi en el término municipal de Robregordo.
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar al expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Robregordo, a 28 de junio de 2012..El alcalde-presidente, Óscar J. Monterrubio Rodríguez.
    (03/23.720/12)</texto>
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