<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120716-82</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FUENTE EL SAZ DE JARAMA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Fuente el Saz de Jarama. Otros anuncios. Notificación baja oficio inscripción indebida empadronados</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>168</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-07-16-168100720120242</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/16/BOCM-20120716-82.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/16/BOCM-20120716-82.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/16/BOCM-20120716-82.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA
    OTROS ANUNCIOS
 

82 

Notificación baja oficio inscripción indebida empadronados 
    A tenor de lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, previa audiencia al interesado.
    Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan no residen en este municipio, una vez realizadas las averiguaciones pertinentes e intentada, sin poder practicarse, la notificación a los interesados, se procede a la publicación del presente edicto, a fin de otorgar el preceptivo trámite de audiencia durante el período de quince días hábiles, período durante el cual el interesado está legitimado para realizar las alegaciones que a su derecho convenga.
           

                      
        Fuente el Saz de Jarama, a 19 de junio de 2012..La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.
    (02/5.420/12)</texto>
</documento>