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    <fecha_publicacion>2012/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 325 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

163 

Demanda 325 de 2012 
    Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 325 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Urbano Cepa, contra “Gestora de Protección contra Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 7 de junio de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Rubén Urbano Cepa, resultan adecuados los siguientes pronunciamientos:
    Debo condenar y condeno a “Gestora de Protección contra Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, a pagar a don Rubén Urbano Cepa 2.259,13 euros, más el 10 por 100 de interés de demora. Todo ello con la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe recurso alguno.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Diligencia..La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por el magistrado de trabajo que la suscribe en el mismo día de su fecha y en audiencia pública; se incluye el original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma, remito a cada una de las partes un sobre por correo certificado, con acuse de recibo, conteniendo copia de ella..Doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestora de Protección contra Incendios, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 8 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/22.165/12)</texto>
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