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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 634 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

179 

Demanda 634 de 2011 
    Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 634 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Vicente Camarillo, contra la empresa “Gesvicam Gestión de Cooperativas, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado auto de aclaración de la sentencia número 250 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Acuerdo: Aclarar la sentencia dictada e incluir en el hecho probado segundo que la empresa adeuda a la actora 938,36 euros como falta de preaviso.
    Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma forma parte integrante de la sentencia y que el plazo para interponer en suplicación comienza a contar a partir del día siguiente al recibo de la presente resolución.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesvicam Gestión de Cooperativas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 29 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/21.493/12)</texto>
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