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    <fecha_publicacion>2012/07/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 3. Procedimiento ordinario 450 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Procedimiento ordinario 450 de 2010 
    En el procedimiento ordinario número 450 de 2010 se ha dictado, en fecha 30 de marzo de 2012, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Ruiz Resa, en nombre y representación de “FG Suministros, Sociedad Limitada”, y bajo la dirección técnica del letrado señor Máñez Bolanos, contra “Transedimer, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a “Transedimer, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora la suma de 72.130,64 euros, imponiéndose desde el 18 de junio de 2010 y hasta la fecha de la presente resolución el pago del interés legal del dinero, y desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago o ejecución el pago de los intereses procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, imponiendo a la parte demandada las costas del presente procedimiento.
    Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndole saber que la misma no es firme y que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se presentará, en su caso, ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, y ello en aplicación del artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil tras la reforma operada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, y en atención a la disposición transitoria única de dicha Ley.
    Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada en audiencia pública por el juez que la firma en el mismo día de su fecha..Doy fe.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de la mercantil “Transedimer, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Leganés, a 30 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/5.374/12)</texto>
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