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    <fecha_publicacion>2012/07/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Modificación crédito 2/2012</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VENTURADA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación crédito 2/2012 
    El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Venturada ha aprobado inicialmente la modificación de crédito presupuestario número 2/2012, de crédito extraordinario y suplemento de crédito, y estará de manifiesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante quince días, plazo durante el cual, cualquier habitante del municipio o persona con intereses en el mismo (personas físicas o jurídicas como cámaras de comercio), podrán examinar y presentar contra el mismo las reclamaciones que estimen convenientes, con arreglo al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
    La modificación de crédito presupuestario se considerará definitivamente aprobada si en el tiempo y forma no se presenta ninguna reclamación u objeción a la misma.
    Caso de presentarse alguna reclamación a la misma, el Pleno de la Corporación tendrá un plazo de un mes para resolverlas, contando a partir del día siguiente a la finalización de la fecha de exposición al público.
    En Venturada, a 11 de junio de 2012..El alcalde, Daniel Caparrós López.
    (03/21.884/12)</texto>
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