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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/07/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 94 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
 

208 

Ejecución 94 de 2012 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en este auto se siguen autos con el número D-77 de 2011, hoy ejecución número 94 de 2012, a instancias de doña Lina Alexandra Aragón Jaramillo, contra la empresa “Body Cares Total Centre, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, en los que en fecha 4 de junio de 2012, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Body Cares Total Centre, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 2.059,16 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Habiendo saldo positivo en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” póngase los autos sobre mi mesa a fin de realizar mandamiento de devolución a favor de doña Lina Alexandra Aragón Jaramillo, con número de identificación de extranjería X-7034431-L, por la cantidad de 11,62 euros en concepto de principal, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar la citada cantidad, una vez firme la presente resolución, cualquier día hábil, de nueve a trece y treinta horas, librándose a tal fin el oportuno mandamiento de devolución, todo ello con la advertencia de que dicho mandamiento caducará automáticamente a los tres meses desde la fecha de su emisión y se procederá a remitir dicha cantidad a la cuenta especial de “Fondos provisionalmente abandonados” (Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, en vigor desde el 12 de julio de 2006).
    c)  Una vez entregado mandamiento o bien habiendo sido consignado en los fondos provisionalmente abandonados” se procederá a archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
    Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
    Así por este decreto lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Body Cares Total Centre, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 4 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/20.448/12)</texto>
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