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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</departamento>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 770 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

171 

Demanda 770 de 2008 
    Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 770 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias don Santos Chinarro Martín y don Alejandro Salgado Sánchez, contra “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución (sentencia número 267 de 2012) de fecha 29 de mayo de 2012 del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 2.244,65 euros por concepto y períodos reclamados, sin que contra esta sentencia una vez fijado jurisprudencialmente el objeto litigioso quepa apreciar afectación general. No ha lugar a la aplicación de interés moratorio por no ser líquido el importe hasta el acto de juicio. La presente resolución es firme desde su dictado, quedando notificada la parte compareciente por su firma y la demandada será notificada seguidamente por lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Social.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
    En Madrid, a 29 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/20.517/12)</texto>
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