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    <departamento>BECERRIL DE LA SIERRA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/06/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza urbanística</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Becerril de la Sierra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Modificación ordenanza urbanística 
    En la Secretaría de este Ayuntamiento, y conforme disponen los artículos 49, 70.2 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el expediente relativo a la aprobación inicial o provisional por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de junio de 2012, de la modificación de la ordenanza urbanística municipal sobre las condiciones estéticas y de la edificación del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.
    Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
    a)	Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
    c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
    En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza quedará elevado a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
    Becerril de la Sierra, a 11 de junio de 2012..El alcalde, José Conesa López.
    (03/21.444/12)</texto>
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