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    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Resolución abonaré expedientes sancionadores</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    OTROS ANUNCIOS
    Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 

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Resolución abonaré expedientes sancionadores 
    Intentada la notificación, prevista en los artículos 58.1 y 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la liquidación correspondiente a la sanción por infracción urbanística impuesta por la autoridad competente en cada uno de los procedimientos cuyo número y situación se relacionan en el siguiente anexo, sin que la misma haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, por el presente anuncio se emplaza a los interesados que se citan para que dentro del plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comparezcan, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en este Servicio de Disciplina Urbanística de la Dirección General de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13, de Madrid, con el fin de hacerles entrega del abonaré cuyo número identificador se indica emitido para el pago de la multa. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, se entenderá producida la notificación de la liquidación citada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. Todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y los artículos 60 y 61 de la citada Ley 30/1992.
    .	El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2011/20011, contra “S. A.”, con NIE X-1464956-V, con fecha de 24 de mayo de 2012, y número de identificador de abonaré 34712150000010001, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 201, 204.2.a) y 229.1 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en la Cañada Real de Merinas, número 45N, sin licencia o no ajustadas a la misma, por la que se impone una multa de 3.000 euros.
    Madrid, a 8 de junio de 2012..El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.
    (01/1.936/12)</texto>
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