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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
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    <titulo>Madrid número 2. Demanda 308 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

117 

Demanda 308 de 2011 
    Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 308 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Édgar Vicente Toala Chancay, contra las empresas “Eurofruta Management, Sociedad Limitada”, y “Frutas Virgen del Sagrario, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
    Fallo
    Que estimando las demandas acumuladas formuladas por los actores frente a “Eurofruta Management, Sociedad Limitada”, y “Frutas Virgen del Sagrario, Sociedad Limitada”, condeno solidariamente a las demandadas a abonar a los actores, por los conceptos de sus demandas, las siguientes cantidades:
    Para don Édgar Vicente Toala Chancay: 2.915,18 euros, así como 291,51 euros más por interés legal por mora.
    Para doña Esperanza del Socorro Romero Rodríguez: 1.263,24 euros, así como 126,32 euros más por interés legal por mora.
    Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida y que, en su caso, habría de dirimirse en ulterior proceso que pudiera suscitarse entre ellos.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso ordinario alguno por ser inferior a 3.000 euros la cuantía reclamada por cada uno de los actores [artículos 191.g) y 192.1 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social].
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Frutas Virgen del Sagrario, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 1 de junio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/21.448/12)</texto>
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