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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/06/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 64. Procedimiento 1.739 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64
    EDICTO
 

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Procedimiento 1.739 de 2010 
    En el procedimiento ordinario número 1.739 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
    Sentencia
    En Madrid, a 4 de mayo de 20121..Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.739 de 2010, promovidos a instancias de doña María Isabel Serrano Bargueño, representada por la procuradora doña Olga Romojado Casado y defendida por el letrado don José Carlos García Villegas, contra don Rafael de Corcuera Pedraza, en situación de rebeldía.
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Olga Romojado Casado, en nombre y representación de doña María Isabel Serrano Bargueño, contra don Rafael de Corcuera Pedraza, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 6.689,28 euros, más los intereses legales de dicho importe desde la fecha de interposición de la demanda, con expresa imposición al mismo demandado de las costas causadas en este proceso.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, debiendo acreditar al interponerlo haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado 2661, clave 02, a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica al demandado don Rafael de Corcuera Pedraza la sentencia de fecha 4 de mayo de 2012 dictada en las presentes actuaciones.
    En Madrid, a 7 de mayo de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/19.336/12)</texto>
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