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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 264 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 264 de 2012 
    Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 264 de 2012-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Hernando Sánchez, contra la empresa “Gestión Logística de Estrategias Comerciales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado..En Móstoles, a 1 de junio de 2012.
    El escrito presentado por el letrado demandante, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.
    Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 2011, a la empresa “Gestión Logística de Estrategias Comerciales, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Alberto Hernando Sánchez y, previo a su resolución, y de conformidad con el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, número 6, segunda planta, el día 11 de julio de 2012, a las diez y treinta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.
    Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
    Notifíquese a las partes esta resolución.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, la interposición del recurso de reposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión Logística de Estrategias Comerciales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 1 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/20.605/12)</texto>
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