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    <titulo>Madrid número 13. Demanda 1.235 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
    EDICTO
 

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Demanda 1.235 de 2010 
    Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.235 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Caparrós Ramón, contra la empresa “Grupo Élite Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
    Sentencia número 118 de 2012
    En Madrid, a 20 de marzo de 2012..Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandado, don Francisco Javier Caparrós Ramón, que comparece asistido del letrado don Fermín Magán García, y de otra, como demandada “Grupo Élite Multiservicios, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta, debo condenar a la empresa “Grupo Élite Multiservicios, Sociedad Limitada”, a que abone a don Francisco Javier Caparrós Ramón la cantidad de 950 euros.
    Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez..En Madrid, a 20 de marzo de 2012.
    Siendo firme la sentencia dictada en el presente procedimiento, póngase en conocimiento de las partes a los efectos legales oportunos.
    Modo de impugnación: reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación.
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número 2511/0000/00/0número de expediente y año en la entidad “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Así lo ordeno y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Élite Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 23 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/19.341/12)</texto>
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