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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/06/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 231 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>143</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
 

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Ejecución 231 de 2011 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número de ejecución 231 de 2011, a instancias de doña Ana Martínez Ayala y doña Pilar González César, contra “Ceylan 1943, Sociedad Limitada”, sobre extinción, en los que en fecha 14 de mayo de 2012, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes de la ejecutada “Ceylan 1943, Sociedad Limitada”, que le consten, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión” o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/1846/42/0005001274.
    Así por este decreto lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ceylan 1943, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 14 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/18.578/12)</texto>
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