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    <fecha_publicacion>2012/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 2. Juicio de faltas 249 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 2
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 249 de 2011 
    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 249 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Vistos por mí, doña María Elena Garde García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 249 de 2011, seguidos por una presunta falta de hurto, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: don Reinier Cuesta Rodríguez, el representante legal de “Carrefour”, y doña Nicoleta Viorica Lalu, he venido a dictar la presente resolución a la que sirve de base lo siguiente:
    Que debo condenar y condeno a doña Nicoleta Viorica Lalu, como autora de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 4 euros, con el apercibimiento expreso de que en caso de impago quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Nicoleta Viorica Lalu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 27 de abril de 2012..El secretario (firmado).
    (03/18.082/12)</texto>
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