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    <titulo>– Nuevo Baztán. Régimen económico. Ordenanza fiscal expedición documentación administrativa</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NUEVO BAZTÁN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal expedición documentación administrativa 
    El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 25 de mayo de 2012, aprobó inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentación administrativa.
    Dicha aprobación se somete a información pública y audiencia a los interesados para la presentación de reclamaciones y sugerencias por un plazo de treinta días desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello, de conformidad con lo indicado en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Finalizado el período de exposición pública, el Ayuntamiento Pleno adoptará el acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional.
    En Nuevo Baztán, a 28 de mayo de 2012..El alcalde, Luis del Olmo Flórez.
    (03/19.275/12)</texto>
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